esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado 472 en concordancia con el articulo 522 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO de DIVORCIO CONTENCIOSO ,presentado por el ciudadano LUIS ARISTIDES ARIAS MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-13.565.471, debidamente asistida por la abogada en ejercicio THAIDE YSMELIS GUTIERREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 157.628, en contra de la ciudadana EDIVANIS CRISTINA ACEVEDO ARAGUACHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.690.874, domiciliada en: Calle Montes, Residencias Las Aves, Edificio Guanaguare, Apartamento 6-4, Puerto la Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, en dond.....