En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, se abstiene de acordar la ejecución forzoso de la sentencia dictada en el presente Asunto, conforme fue solicitado por el ciudadano VICENZO VERGA DE MONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 82.24242, debidamente asistido por el abogado Pedro Romero Chiguita, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 10.066, mediante diligencia de fecha 30 de septiembre de 2016. Así se decide administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley.
La Juez Provisorio,
Abog.Maria Eugenia Pérez
La Secretaria,
Abog. Ismary Lara