Éste Juzgado Segundo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decidió: PRIMERO: Se declaró Con Lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA interpuesta por el Dr. JOSE DANIEL PEREZ, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal transitorio de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, comisionado para actuar en el Plan de Descongestionamiento de causas, formulada por el ciudadano CARLOS CHANCHAMIRE MEJIAS, titular de la cedula de identidad Nº 13.316.871, residenciado en la calle Niki Tao, Barrio Mariño, Barcelona, en contra de las ciudadanas DELIA MEJIAS y MAGDELIS MEJIAS, de conformidad con el Artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal; y SEGUNDO: Se devuelve la presente actuación a la Fiscalía Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal tran.....