Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Sin Lugar la solicitud presentada por el penado MIGUEL JOSE CARRASCO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número 14.190.812; en consecuencia, se Niega conforme al artículo 52 del Código Penal, la conversión del resto de la pena que le falta por cumplir en Confinamiento por igual tiempo. Remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, debidamente exhortado por éste Despacho en fecha 22-11-2.006 para hacer cumplir adecuadamente el régimen penitenciario; así como vigilar y controlar el cumplimiento de la pena impuesta al penado MIGUEL JOSE CARRASCO RODRIGUEZ, con la finalidad que imponga del contenido de la misma al citado interno, qui.....