...este Tribunal, visto que efectivamente fueron satisfechos los requerimientos efectuados por auto de fecha 02 del mes y año en curso, y revisada como ha sido la transacción celebrada entre la mencionada empresa y el ciudadano RAFAEL MARIN NARVAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. V-8.382.405, asistido por la abogada MARVELIS FARRERA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nro. 95.473, de la cual se constata que la misma no vulnera lo previsto en el ordinal 2° del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de dicha ley, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACION en todas y cada una de sus partes, otorgándole carácter de cosa juzgada...