Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Nor Oriental administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA ACCION por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal en el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), Civil, en fecha 03-07-2014, por el Abogado HERMES BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.271.064, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.571 y actuando en su carácter de Apoderado legal de la contribuyente FARMACIA CPM, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 39, Tomo A-19, en fecha 18 de agosto de 2000, identificada con el Registro de Información Fiscal N° J-30731169-0, con domicilio en Avenida Daniel Camejo Octavio, Centro Comercial Plaza Mayor, Edificio 3, Niv.....