"...En este estado la Juez Provisorio del Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas, oída la exposición de la parte actora, le ordena al notificado que en caso de ser favorable bloquee hasta la suma de UN MILLÓN VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (BS.1.023.879,85), lo cual comprende la suma intimada más las costas antes señaladas, acuerda el regreso a su sede y ordena que sea expedida copia simple de la presente acta a fin de que sea entregada al representante de la Consultoría Jurídica de PETROLERA SINOVENSA, S.A. Asimismo, se acuerda que una vez conste en autos las resultas de la información aquí requerida y de ser favorable, por auto separado se acordará el traslado y constitución de este Juzgado a los fines de dar cumplimiento a la presente comisión..."