Seguidamente esta Juzgadora en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera: PRIMERO: DECLARAR el desistimiento de la presente demanda, de COLOCACIÓN FAMILIAR, presentada por LA DEFENSORA PUBLICA QUINTA DE PROTECCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, a requerimiento del ciudadano ANGEL VALENTIN PEREZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad V-8.224.218, domiciliada en: Boyacá 2, sector 3, cale 2, casa Nº 9, Barcelona Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, en beneficio del adulto joven ALEJANDRO JOSE BASTARDO GUTIERREZ, de veintidós (22) años de edad, nacido en fecha 25-03-1994, titular de la cedula de identidad Nº 25.993.284. SEGUNDO: En consecuencia, se EXTINGUE LA INSTANCIA, según la normativa que regula la materia y TERCERO: Devuélvanse los originales a la parte interesada, previa certificación en autos por secretaria de las copias fotostáticas que quedaran en su lugar. Se le advierte a él o la.....