´Por los fundamentos antes expuestos, y en atención a los hechos particulares de la presente causa y al derecho aplicable, resulta forzoso para este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, declararse INCOMPETENTE por el territorio, para conocer del Recurso de Apelación distinguido con la nomenclatura BP02-R-2024-000009, incoado en fecha 18/03/2024 por el abogado en ejercicio JAVIER RENE CABEZA JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.973.426, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 45.562, quien actúa con carácter de co-actor, y al mismo tiempo como apoderado del ciudadano JOSE GREGORIO ARTHUR, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 49.946, en la incidencia de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, en contra de la sucesión "NUÑEZ MACHADO MARIA SOLEDAD", integrada por sus Únicos y Universales Herederos, los adolescentes (Se Omite de Conformidad con el ar.....