Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con competencia Penal en Materia de Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del adolescente F.A.G.J (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), antes identificado, de conformidad con el Articulo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el Artículo 300 numerales 3 y 49 numerales 8 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por remisión expresa del artículo 537 en su último aparte de la Ley Especial que rige la materia, toda vez que resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción. Por haberse producido la extinción de la acción penal al operar LA PRESCRIPCION.-
Notifíquese a las partes de la presente decisión.-
El Juez.....