Por lo antes expuesto, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada por las partes en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, otorgándola el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Así se decide.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los veintitrés (23) días del mes de Agosto del año dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
La Juez Temp.,
Dra. Elaina Gamardo Ledezma
La Secretaria Acc.,
MILITZA GARCIA ROMERO