Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,.declara: CON LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana IRIS MABELIS MONTALVO VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.761.335, a favor de sus hijas, contra el ciudadano JONNATHAN JAVIER RICARDIZ PARUTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-15.514.332. En consecuencia conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente decisión, este Tribunal de Juicio dispone: Se le condena a pagar al ciudadano JONNATHAN JAVIER RICARDIZ PARUTA a favor de sus hijas, la suma de VEINTITRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs. 23.337,06), por concepto de obligación de manutención vencidas