"...este Tribunal procede en este acto a declarar INADMISIBLE la solicitud de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL presentada por los ciudadanos DALESMAR HERNANDEZ VELASQUEZ Y GABRIEL JOSE GOMEZ MEDINA, suficientemente identificados en autos. Así se decide, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley...."