en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud con ocasión a la solicitud de Jurisdicción Voluntaria DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia 1070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por el ciudadano: GABRIEL JOSÉ GARCÍA MOSQUEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.763.563, de éste domicilio, debidamente asistido por la Abogada MARLUIS RIVERO RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado con el No. 100.850, en contra de la ciudadana NAIRI SELENI SUCRE GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.360.043, residenciada en la cal.....