Por todas las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ZELIM LEONARDO AVENDAÑO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.639.791, asistido por el abogado en ejercicio CARLOS ALFARO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 157.620, contra la sentencia dictada en fecha 14 de mayo de 2025 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declaró inadmisible la recusación propuesta contra el Juez. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida en fecha 14 de mayo de 2025 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en todas y.....