Por todo los antes expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta: PRIMERO: La CULPABILIDAD del ciudadano JOSLEY PADRÓN; siendo la presente sentencia CONDENATORIA y en razón de ello se pasa a imponer la pena definitiva a cumplir: CINCO (05) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS A ADOLESCENTE; tipificado en el artículo 45 en su primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en detrimento de la Adolescente de Johana Carolina Álvarez Castillo y el delito de PORTE ILÌCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 en relación con el artículo 272 del Código Penal, concatenados con los artículos 9 y 10 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, todos en concordancia con los artículos 216, 217, y .....