este TRIBUNAL DE MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ EN FUNCIÓN DE CONTROL PENAL SECCIÓN ADOLESCENTES ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dictamina el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA: Medida Cautelar de las contenidas en el articulo 582 literal c, al adolescente ...; como lo es la presentación periódica ante este tribunal cada treinta (30) días los días jueves. SEGUNDO: Por tal motivo se declara con lugar lo solicitado por la Fiscal del Ministerio Público, y con lugar la solicitud de la Defensa Pública. TERCERO: Se decreta la detención en FLAGRANCIA. Y así se declara. Se acuerda el procedimiento por la vía ORDINARIA. Siendo las Diez y Cuarenta y Siete (10:47:00) minutos de la mañana, se da por concluido el presente acto. Líbrese Boleta de Excarcelación. Quedando notificadas las partes del presente acto de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.