Se acuerda aplicar al ciudadano JHONNY JOSE GONZALEZ NARVEZ, de conformidad con el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, consistentes en régimen de presentación periódica por ante la oficina de alguacilazgo cada Quince (15) DÍAS; así como la aplicación de los numeral 7 del artículo 92 de la ley especial, consistentes en: 7) Remitir al imputado al Equipo Interdisciplinario a los fines de que sea orientado. Ya que este juzgador considera que existen suficiente elementos de convicción que comprometen la responsabilidad del imputado JHONNY JOSE GONZALEZ NARVEZ, por la comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, tipificados en los artículos 41 y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica de sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MATA CORINA MARIA, hecho punible este que es de acción Pública el cual no se encuentra evidentemente prescrito; y en razón d.....