Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CON LUGAR la pretensión de Nulidad de Contrato de Compra Venta intentada por la ciudadana Lilibeth Josefina Sifontes Vargas, contra los ciudadanos Ramón Nottaro Galindo y Maxivil Hernández, ambos, ya identificados, y en consecuencia se declara la NULIDAD de la venta del inmueble, constituido por un apartamento distinguido con el N° 5-2-1, Piso 2, Edificio 5, del Conjunto Residencial Guaica Suites, distinguido con el numero catastral 03-21-01-UR-10-02-08-05-02-01, ubicado en la Avenida Américo Vespucio del Complejo Turístico El Morro, del Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, registrada por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja del Est.....