se declara dichas actuaciones Título suficiente para asegurarle el derecho de propiedad, que alegan los Solicitantes JOSÉ MIGUEL NAVAL Y MILAGROS DEL VALLE GAMEZ CACHARUCO titular de las cédula de identidad Nros. V- 8.248.660 Y V-8.227.736, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Igualmente, devuélvase original a la parte solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año. Y ASÍ SE DECIDE.-
EL JUEZ PROV.,