En consecuencia este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano NORBERTO JOSE HERNANDEZ, conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, por extinción de la acción Penal, de conformidad con los artículos 45, 48 Ordinal 7° y 324 ejusdem, cuyo efecto conforme al artículo 319 ibidem, con respecto al delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal.
Remítase el presente expediente en su forma original al archivo judicial del Estado, a los fines de su cuido y archivo.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado. Dr. JOSE LUIS AZUAJE BENITEZ, a la Defensa Pública, Dra. MARISOL AGUILARTE y al ciudadano: NORBERTO JOSE HERNANDEZ.-