DECISION
En virtud de las consideraciones anteriores, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Procedente el alegato de PRESCRIPCION opuesto por la demandada sólo respecto a los codemandantes ciudadanos: JOSE GREGORIO REYES, NICOLAS BOLIVAR, ROGER MONTEVERDE y MARCOS CAMACARO, por lo que resulta forzoso para este Tribunal declarar SIN LUGAR su demanda. Y así se decide.
SEGUNDO: Ya con relación al codemandante ciudadano FREDDY FUENTES, resulta Improcedente el alegato de PRESCRIPCION opuesto por la demandada; sin embargo no preceden en su totalidad los conceptos en los términos demandados por la parte actora, en consecuencia de ello, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA sólo respecto de éste codemandante. Y así se decide.
TERCERO: Se condena a la demandada sociedad merca.....