En tal sentido, no habiendo mas actuaciones que cumplir en el presente asunto, se acuerda la devolución de los documentos originales, previa su certificación en autos, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, dando por terminado el presente expediente y ordenando su remisión al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial.-