Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control Nº 01 Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley se declara INCOMPETENTE para conocer del asunto relacionado con el adulto RAMON DARIO TOVAR, natural de Aragua de BARCELONA Estado Anzoátegui, donde nació el 20 de Mayo de 1990, hijo de la Ciudadana Maria Zoraida Tovar, titular de la Cédula de Identidad Número 21.040.343, soltero, residenciado en la Calle Principal casa S/N Sector La Cruz de Aragua de Barcelona Estado Anzoátegui, donde aparece como presunto partícipe en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR previsto en el articulo 458 del Código Penal en agravio del Ciudadano ANTONIO JOSE BLANCA y DECLINA SU CONOCIMIENTO a un tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal declarando con lugar el petitorio de la DRA BETZAIDA SANCHEZ OSTOS Fiscal especializada de este Estado;.....