En este sentido, la parte actora aceptó el ofrecimiento. Visto pues, el ofrecimiento y la aceptación del monto así como del plazo para el pago. Este Tribunal impartió la HOMOLOGACIÓN AL ACUERDO ALCANZADO y atribuyó carácter de cosa juzgado. Al acuerdo conciliatorio en la audiencia de juicio, pagaderos el día 01 de abril del 2015. Asimismo, vencido como sea el lapso para el pago del acuerdo alcanzado por las partes, sin que conste en autos haberse cristalizado tal acuerdo respecto del monto en la oportunidad prometida, este Despacho remitirá las actas del expediente a los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con el objeto que conozcan la fase ejecutiva, en virtud del acuerdo alcanzado por las partes. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA.
ABG. LISBETH HARRIS GARCIA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
Abg. MARY CORDOVA MEDINA