este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Nor Oriental administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA ACCION por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal del Recurso Contencioso Tributario remitido mediante Oficio Nº 362/2015, de fecha 22 de junio de 2015, emanado del Tribunal Superior Séptimo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha 23 de julio de 2015, interpuesto por las ciudadanos María Carolina de Abreu, Yessica Bello y Eliana Vargas, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-11.935.938, V-18.068.286 y V-18.190.189, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros: 64.190, 150.470 y 149.132, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la contribuyente MORRIS E CURIEL Y SONS DE NUEVA.....