DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana: IRAIMA ISABEL GOMEZ DE PEREZ, venezolana, casada, mayor de edad, oficio del hogar, domiciliada en la ciudad de Anaco, municipio autónomo Anaco del estado Anzoátegui, titular de la cedula de identidad numero V- 5.994.020, debidamente asistido en este acto por la abogada: LUISA AMELIA ROSAS, abogado en ejercicio, mayor de edad, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 54.304 y titular de la cedula de identidad numero V-9.817.797, contra el ciudadano: AQUILES ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-4.507.130, casado y de oficio sup.....