Dándose inicio a la celebración de la audiencia preliminar, la representación judicial de la parte demandada pide al Tribunal se decrete presente desistimiento, en consecuencia, este Tribunal vista la no comparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno declara DESISTIDO el procedimiento de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.