Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA: LA CESACION de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, que por el lapso de UN (01) AÑO fue impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, en sentencia de fecha 16 de Marzo del año 2005, dictada por el Tribunal de Primera Instancia, en función de Juicio, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO GENERICO, tipificado en el articulo 457 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en concordancia con el articulo 83 ejudem, cometido en perjuicio de la ciudadana YORMARY KARINA LOPEZ, por haber cumplido con la mencionada medida, y se ORDENA SU LIBERTAD PLENA. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 645, 646 y 647 liter.....