Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por el ciudadano LUIS BELTRAN BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.274.082, domiciliado en el Sector Brisas de Araguita, casa Nº 08, Parroquia Naricual del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana CARMEN ROSARIO GARCIA GARCIA,