Así las cosas, vista la documentación acompañada a la solicitud en referencia, las declaraciones rendidas por las ciudadanas antes mencionadas, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos MARITZABETH COROMOTO URPIN FEBRES, LORGIA RAMONA FEBRES DE URPIN, JOSÉ GERÒNIMO URPIN FEBRES, YSMENIA DEL VALLE URPIN FEBRES, JOSÉ FRANCISCO URPIN FEBRES, LEONARDO ANTONIO URPIN FEBRES, BENITA JOSEFINA URPIN FEBRES, LUIS FERNANDO URPIN FEBRES, MARYURI JOSEFINA URPIN FEBRES, MARLETT DUBRASKA URPIN FEBRES, ROBERT JOSÉ URPIN FEBRES y KAREN ROXANA; titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.291.611, 2.797.027, 8.325.265, 8.332.730, 8.325.497, 8.325.498, 8.329.168.....