Este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida por los abogados en ejercicio OCTAVIO CASTELLANOS y FERNANDO FERNANDEZ MEDINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 29.658 Y 120.541 respectivamente, en sus caracteres de apoderados Judiciales del ciudadano RAFAEL ANTONIO FERRARO MARINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 8.330.120, contra el fallo dictado en fecha 15 de febrero de 2018, por el Juzgado tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.