Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado FERNAND CARLOS SEQUEDA, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº E-84.836.917, natural de Francia, donde nació en fecha 08/05/1957, de 51 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio guía turístico, hijo de los ciudadanos MANUEL CARLOS (df) y ROSA SEQUEDA, residenciado en Residencia Villa Mar, piso 4, apartamento A85, Lechería, El Morro, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionado en los artículos 405, en concordancia con el Primer Aparte del artículo 88 y 277 del Código Penal Venezolano y artículo 40 de la Ley Sobre el Derecho de l.....