Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, a favor de los niños (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , hijos biológicos de la ciudadana PATRICIA CELESTE INMACULADA ZABALA MIJARES, venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.360.687, fallecida en fecha 25 de octubre de 2019, siendo la niña hija del ciudadano MARCOS ANTONIO ACEVEDO CASTILLO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V- 18.163.773 y el niño hijo del ciudadano ISRAEL JOSE REBOLLEDO, venezolano, titular de la cedula .....