Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Tercero de Primera Instancia en Punción del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara al acusado JHONATHAN RAFAEL CORDERO HERNANDEZ, venezolano, natural de Caracas-Distrito Capital, donde nació en fecha: 28-06-1.980 de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.150.217, soltero, comerciante, hijo de Ángel Rafael Cordero y Grecia Josefina Hernández, domiciliado en: Calle Comercio, casa S/Nº, UNA Casa de color morado con blanco, cerca de la plaza, teléfono 0414-2763396 Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, responsable y por ende CULPABLE en la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 31 de la Ley orgánica Cont.....