en consecuencia este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA secuestrado el inmueble objeto de la presente medida constituido por una casa distinguida con el Nº 14-26, ubicada en la calle los Altos de Belén, entre calles Carabobo y Freites, de la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui. Y así se declara. Igualmente vista la facultad conferida en la presente comisión, se designa como depositario del referido inmueble a La DEPOSITARIA JUDICIAL ANZOÁTEGUI, C.A., en la persona de su representante ciudadano SEGUNDO ROJAS, y se pone libre de bienes y personas en su posesión, para su guarda y custodia como un buen padre de familia hasta tanto el Tribunal de la causa decida lo conducente. En este estado interviene el representante de la Depositaria Judicial de.....