este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1).-PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano FELIX MANUEL BOLIVAR, titular de la Cédula de identidad nro. 5.995.737, en contra de la empresa SERVICIOS DE POZOS ANZOATEGUI, C.A.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de dos mil doce.