...este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SU INCOMPETENCIA para conocer de la acción autónoma de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ RAFAEL SOLÓRZANO FERNÁNDEZ, supra identificado, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO ALBERTO LOVERA con sede en Barcelona, considerando competente al Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, a quien se declina la competencia y se ordena remitir inmediatamente el presente expediente original mediante oficio, dada la especialísima naturaleza de la tutela propuesta, todo de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales en concordancia con el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil y así se establece...