este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela de la Ley y por Autoridad de la Ley, declara: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 35 ordinal 4º de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara: INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial incoado por la ciudadana Yvis del Valle Bernay Marcano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.346.133, y con domicilio en el sector La Picha, Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, asistida por el ciudadano Carlos Cedeño, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.883, contra el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), con sede en la avenida Arizaleta, Aduana Principal de Guanta-Puerto La Cruz, Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, en razón del Acto Administrativo contenido en la notificación SNT/2017/00473, de fecha diez (.....