Por las razones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en aras de mantener la incolumidad de la Constitución Nacional, declara: CON LUGAR, la presente Acción de Amparo Constitucional propuesta por el Ciudadano VICTOR MANUEL ANGULO GUARIRAPA, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.048.923, contra del Ciudadano: ELIAS CELESTINO CARMONA TIAPA, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.048.923, propietario del centro Comercial Los jardines, debidamente representado por el Abogado JOSÉ DEL VALLE ORTEGA NUÑEZ: inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.269, en consecuencia de la anterior decisión este Tribunal constitucional acuerda