Por las razones expuestas y aplicando el criterio sostenido por Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha diez de Noviembre de dos mil nueve, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer de la presente demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES, interpuesta por el abogado ALEXIS RAFAEL MEZA contra la COOPERATIVA, TRANSPORTE Y SERVICIOS ALFA Y OMEGA, R.S., en consecuencia se acuerda DECLINAR la presente solicitud en el Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, y así se decide.-