DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, emite un único pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por la Abogada YOLIMAR DEL VALLE TORREALBA DELGADO, en su carácter de Defensora de Confianza del Adolescente, contra la decisión dictada en audiencia oral de presentación en fecha en fecha 24 de Agosto de 2011, por el Tribunal de Control N° 02 Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en la causa principal signada bajo el Nº BP01-D-2011-000621, mediante la cual decretó la Medida de Detención Preventiva de Libertad en contra del ut supra mencionado adolescente, al no evidenciar violación de norma alguna.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y en su oportunidad legal remítase la presente causa al Tribunal de origen.