Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo en el juicio intentado por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimación) propuesta por los Abogados JUAN CARLOS ZUMETA PERICAGUAN y LUIS RAFAEL MONTES RODRIGUEZ, abogado en ejercicio. Inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 111.771 y 119.196, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano: PEDRO MARIA NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.208.683, en contra de la Ciudadano FRANKLIN DANIEL MARCANO CHANCHAMIRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.980.406.