Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de Notificar a la ciudadana MARYSOL MILAGROS MIJARES ARMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 25.589.521, la cual es co-demandada, en la presente causa, todo ello en aras de una sana administración de justicia, y con fundamento a las atribuciones legales, conservandose los efectos legales de las siguientes actuaciones: