DECISIÓN
Por todas las consideraciones que anteceden, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la Reconvención presentada por la ciudadana LIVIA MERCEDES MEJIA MARCANO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-8.305.313, contra el ciudadano CRISTIAN LUIS ABALOS LASO, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº. V-11.902.943. Así se decide.
Notifiques a las partes de la presente decisión.-
Publíquese. Regístrese. Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los veinticuatro (24) días del mes de Noviembre de Dos Mil Dieciséis. Años: 206º de la Independencia y 157º de la Fede.....