ordena se continúe el procedimiento tal como lo establece el artículo 97 y siguientes de la misma ley especial
SEGUNDO:. Se acuerda las MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD establecido en el articulo 90, numerales 5, y 6 de la Ley Orgánica de sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual establece: 5) Prohibir que el presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida. 6) Prohibir que el presunto agresor, por si misma o por terceras personas, no realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida,
TERCERO: Se acuerda remitir en su oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalía 24º auxiliar del Ministerio Público, a los fines de presentar el correspondiente acto conclusivo de la investigación.
CUARTO: Se libra oficio al Centro de Coordinación de la Policía del estado Anzoátegui, a los fines de informar la decisión de este Tribunal, así mismo se acuerdan las copias solicitadas por las partes por no ser contrario a De.....