Por todo lo antes expuesto esta Corte Superior, Sección de Adolescentes Región Oriental, Sala Especial Accidental del Circuito Judicial Penal de los Estados Anzoátegui y Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por imperio de la Ley, declara de Oficio la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en fecha 01 de Octubre de 2004, donde el citado Tribunal CONDENÓ a los citados adolescentes, por haberlos, encontrado responsables en la comisión del delito de Homicidio Preterintencional en Grado de Complicidad Correspectiva, cometido en perjuicio del hoy occiso Jorge Luis Montaner. Debiendo realizarse un nuevo juicio oral y privado por un Tribunal distinto al que produjo la decisión que hoy se anula, todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 190, 195, 199 y 174 del Código Orgánico Procesal Penal
Queda Así Anulado el F.....