Administrando Justicia en nombre de la República Bolivarina de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR al penado JORGE LUIS COVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nro. V- 8.339.184, natural de caracas, Distrito Federal, donde nació en fecha 22.01.1966, profesión Mecànico, hijo de los ciudadanos Ana Marìa Cova y de Padre Desconocido, residenciado en Urbanizaciòn Tronconal III, Vereda 24, Calle 9, Nª 03, Barcelona, Estado Anzoátegui, el BENEFICIO de REGIMEN ABIERTO, por lo que dicho ciudadano debe ser trasladado en el día de hoy MARTES, 25-01-2005, hasta el Centro de Tratamiento Comunitario "Lic. Diego Bautista Urbaneja" de esta ciudad, sometiéndose a las normas que regulan el presente beneficio. Déjese copia, regístrese, notifíquese al Fiscal de Ejecución y Sentencias y a la Defensa Pública Dra. Nelmar Contreras y líbrense los respectivos Oficios y traslado del penado a fin de imponerlo de la presente decisión, para el día 27-01-2005, a las 10:00 a.m.. Cúmpl.....