DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana: ARLENYS ELOINA GOMEZ CELIZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad numero V- 8.968.309, domiciliada en esta ciudad, debidamente asistida por la ciudadana: PATRICIA MARIA GRIFFITH LEZAMA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 50.128, con domicilio procesal en la avenida Francisco de Miranda, edificio El Coloso, segundo piso, oficina 202, de esta ciudad, contra el ciudadano: ORLANDO JOSE RODRIGUEZ LUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V- 2.642.573, fundamentado en la causal, tercera y sexta segunda del .....