Se dictó sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva, declarando que el Juzgado competente para pronunciarse sobre la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES, incoada por la COOPERATIVA PACERO, R.L., contra de la Sociedad Mercantil ZULIA INDUSTRIAL CONSTRUCTIONS, C.A., es el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede El Tigre, a quien se ordenó remitir inmediatamente.